lunes, 21 de febrero de 2011

El Insider Trading

El Insider Traning se encarga de la negociación en el Mercado de Valores haciendo un uso indebido de información privilegiada, es decir, los que se encargan de realizar estas negociaciones son personas que no asumirán riesgos en el mercado dado que sabrán los resultados de sus inversiones en las sociedades que tienen.

Estos disponen de una información privilegiada, o confidencial interna de la Sociedad con la que juegan filtrándola a otros, a terceros. Por ello está prohibido negociar con este tipo de información.
Hablamos de una “información privilegiada” cuando al filtrarla afectara a la cotización de los valores de esta información. Cuando hablamos de información privilegiada tiene que tener un serie de requisitos para considerarse como tal y son:

1.        Deberá tratarse de una información no pública y reservada, si se maneja informaciones públicas sobre la Sociedad ya no se trataría de Insider Training porque esta información estaría al alcance de cualquier persona.

2.        Tiene que tratarse de una información clara, concreta y concisa. No son actos desleales cuando se tratan de rumores, de supuestos etc.

3.        Además de estas dos tenemos que hacer hincapié en que tiene que tener una influencia sobre la cotización del producto que se informa.




Un ejemplo de este tipo de acciones de Insider Traning sería el de una director ejecutivo que va a comprar unas acciones de su misma empresa cuando este sabe que las acciones van a subir, o con la creación de una OPA (Oferta Pública de Adquisición) que se sabe a nivel interno y no se puede difundir la información privilegiada para lograr un beneficio propio con medios no leales. Los analistas no deben hacer este uso del filtraje de información considerada no pública.

Con todo esto, añadimos que estas informaciones privilegiadas deberán estar protegidas para cuidarse de estas circunstancias. Por ello, los encargados de emitir los valores de la información tendrán que restringir  los datos de ello únicamente a las personas que sean realmente imprescindibles que la sepan. No deberá difundirse en otros ámbitos como familiar, amistoso…


En cuanto la Normativa y las Sanciones dependerán del país en cuestión:

-          Alemania: se lleva más a códigos de disciplina no existe intervencionismo del Estado y no se aplican leyes sobre las sanciones en sentido general.

-        Inglaterra: la normativa se basa en las “Companies Securities Insider Dealing” (1985) y las sanciones son exclusivamente penales dependiendo de la gravedad. Además se incluye la prohibición de una manera muy amplia tanto al uso de la información como a la comunicación a otras personas externas.


-          Argentina: dividirá las sanciones en cuatro partes: Apercimiento: toque de atención. Multas: con grandes cantidades de dinero, todo dependerá del grado a más grave o a menos. Inhabilitaciones temporales para actuar en los Mercados de Valores. Inhabilitaciones temporales de hasta 5 años.

ESPAÑA: el Insider Trading está legalmente prohibido, no se puede negociar con información privilegiada, está recogido en CMV es acto ilegal y puede llegar a carcel dependiendo de la gravedad de la filtracion de informacion y a nivel de Unión Europea se está creando una ley para el el tratamiento de estos actos.


En cuanto a casos que se producen de esta indole tenemos el caso mas reciente que es el de Cepsa, porque los integrantes de la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas  (Aemec) se quejan de que ha habido "demasiado entendimiento" entre IPIC que esta haciendo la OPA (Oferta Pública de Aquisicion) a la anterior nombrada CEPSA, por ello pide que el mercado de valores se fije y valore que ha sucedido, dado que ellos sospechan de un caso de Insider Trading.
ver mas de noticia en: http://www.elsemanaldigital.com/aemec-pide-a-la-cnmv-que-analice-posible-informacion-privilegiada-76714_noticia.htm


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FUENTES SACADAS DE: El Semanal Digital; El Economista.

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